PRIMERO: CALIFICA LA FLAGRANCIA, en la aprehensión del ciudadano LUIS ALEXANDER MANRIQUE CUADROS, de nacionalidad venezolana, natural de San Antonio, Municipio Bolívar, estado Táchira, nacido en fecha 03 de Diciembre de 1973, de 38 años de edad, hijo de Luis Ignacio Manrique (v) y de María Hilda Cuadros (v), titular de la cédula de identidad No. V-12.209.043, casado, Taxista, residenciado en el Cují, calle 7, No. 2-59, vía la mulata, Ureña, Municipio Pedro María Ureña, estado Táchira, teléfono 0276-414.85.93, por la presunta comisión del delito de POSESION ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Drogas en perjuicio del estado venezolano, por estar llenos los extremos del artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Ordena la prosecución de la presente causa, por los trámites del PROCEDIMIENTO ORDINARIO, conforme lo establece el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, para lo cual s.....