Este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide: PRIMERO: SIN LUGAR LA APELACIÓN ejercida por la parte demandada, contra la sentencia definitiva de fecha 28 de octubre de 2010, dictada por el Juzgado Tercero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda por DESALOJO, interpuesta por el ciudadano JULIO CÉSAR GARCÍA AGUIRRE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-3.793.602, en contra del ciudadano GERARO BLANCO PARADA, en su carácter de arrendatario, con fundamento en el literal c del artículo 34 de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios. En consecuencia, se ordena al ciudadano GERARDO BLANCO PARADA, hacer entrega del inmueble que ocupa en calidad de arrendatario, al demandante JULIO CÉSAR GARC.....