AUTORIZA AL MINISTERIO PUBLICO PARA SUSPENDER EL EJERCICIO DE LA ACCION PENAL, respecto al ciudadano MARCO ABEL DURAN DURAN, hasta tanto concluya la investigación que adelanta, fijándole un plazo prudencial de SEIS (06) MESES contados a partir de la presente decisión, a los fines de la reanudación del proceso, y que en su caso, el ministerio Publico presente las resultas correspondientes. SEGUNDO: CON LUGAR la solicitud de Medida Cautelar presentada por la Fiscal Tercero del Ministerio Público Dra. MARIANELA AGUILERA, a favor de la Imputada DEISY DURAN ORTIZ, por lo cual se le acuerda a la referida imputada las Medidas Cautelares previstas en el articulo 256 Ordinales 3º, 4° y 6º del Código Orgánico Procesal Penal.