este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la Solicitud de Divorcio planteada de conformidad con el Artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia, queda disuelto el vínculo Matrimonial que unía a los ciudadanos, FELIX TRINO POLEO HERNANDEZ y NANCY TIBISAY GUERRERO SANCHEZ, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 7.948.616 y V- 10.694.402, respectivamente, contraído en fecha 19 de Mayo de 2011, por ante el Registro Civil de la Parroquia la Guaira del Estado Vargas.