En consecuencia este Juez Unipersonal N° 03 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República de Venezuela y por autoridad de la Ley:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE OBLIGACIÓN ALIMENTARÍA, interpuesta por el ciudadano WILMER SARMIENTO ÁVILA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-13.147.930, en contra de la ciudadana CEMIDA MARÍA CALLE CORTÉS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-13.303.843, en beneficio de su hijo, ADRIÁN ALEJANDRO SARMIENTO CALLE, identificado con Partida de Nacimiento N° 845, de fecha 17/11/2000, expedida por la Prefectura de la Parroquia San Juan Bautista del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, de conformidad con los artículos 366 y 369 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
SEGUNDO: En consecuencia, el ciudadano WILMER SARMIENTO ÁVILA.....