En base a lo anteriormente expuesto, este JUEZ UNIPERSONAL Nº 04 DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA EN SALA DE JUICIO, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA PRESENTE SOLICITUD DE CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS Y DE BIENES de los ciudadanos MIGUEL ÁNGEL DURAN Y HAYDEE ALEXANDRA SOTO PACHECO, antes identificados, en consecuencia, queda disuelto el vínculo conyugal contraído entre ellos por acto celebrado en fecha 14 de diciembre de 2.000, por ante la Prefectura del Municipio Libertad del Estado Táchira, según Acta Nº 59.
En cuanto a la hija procreada en el matrimonio ADRIANA MAHELY DURAN SOTO, la Guarda la ejercerá la madre, y ambos padres ejercerán la patria potestad. El padre se compromete a cancelar por concepto de obligación alimentaria de su hija la cantidad de CIEN MIL BOLÍVARES (Bs. 100.000,oo) mensuales, adem.....