por autoridad de la Ley, DECLARA:
ÚNICO: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el presente juicio, que por RESOLUCION DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO, ha instaurado la SOCIEDAD MERCANTIL ANDES MOTORS S.A., de este domicilio e inscrita en el Registro Mercantil llevado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 13/10/1953, bajo el N° 92, con posteriores modificaciones, representada por su presidente, ciudadano ANTONIO J. CARRILLO RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, casado, comerciante, titular de la cédula de identidad N° V-48.632 y de este domicilio, contra el ciudadano HUGO ALBERTO MEDINA LOPEZ, mayor de edad, comerciante y de este domicilio. En consecuencia, EXTINGUIDO el proceso