PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN, ESTO ES:
A.- ADMITE: La calificación Jurídica atribuida por la Fiscalía Décimo Dieciséis del Ministerio Público a los imputados LUIS ORLANDO PAVA PUYO, venezolano, de 50 años de edad, soltero, nacido el 17-12-1955, titular de la cédula de identidad N° V-22.634.881 y residenciado en Barrio la Castra, parte alta, calle 1, No. 0-60, apartamento No. 3, San Cristóbal, Estado Táchira, MARIA ISABEL PAVA LUQUE, venezolana, titular de la cédula de identidad No. 15.231.919, soltera, residenciada en Barrio la Castra, parte alta, calle 1, No. 0-60, apartamento No. 3, San Cristóbal, Estado Táchira y MARIA LUQUE GARZON, Colombiana, titular de la cédula de identidad No. E-81.449.492, residenciada en Barrio la Castra, parte alta, calle 1, No. 0-60, apartamento No. 3, San Cristóbal, Estado Táchira, por la comisión del delito de AMENAZAS A LA VIDA, previsto y sancionado en el artículo 175 último aparte del Código Penal, concatenado con el artículo 216 de la Le.....