Por los argumentos antes expuestos, tanto de hecho, como de derecho, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR LA DEMANDA DE IMPUGNACIÓN DE PATERNIDAD interpuesta por la ciudadana JILLANY GREHYSKA KAROLINA ESPINOZA AVILA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 25.969.110, contra CARLOS JOSE GREGORIO ESPINOZA NAVARRETE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 6.920.561
SEGUNDO: No hay condena en costas por la naturaleza del fallo.
TERCERO: Notifíquese a las partes sobre la presente decisión.