Declara IMPROCEDENTE IN LIMINI LITIS la acción de amparo constitucional interpuesta por la profesional del derecho ELENA TOVAR de GRECO, Defensor Público Segundo Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, actuando en su carácter de defensor de los ciudadanos BORIS ALEXANDER PACHECO NUÑEZ, PEDRO PACHECO NUÑEZ y ALEXANDER CAPOTE, por violación según alega de los artículos 44, numeral 1 y 49 numeral 2, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.