, OTORGA la medida de DESTINO A ESTABLECIMIENTO ABIERTO, a la penada COLL GARCIA NEREA, de nacionalidad Española, nacido en Caracas, natural de Murcia, España, nacida en fecha 19-08-1984, de 20 años de edad, Titular del pasaporte Nro. 48514369-D, de profesión u oficio estudiante, de conformidad con lo establecido en el artículo 272 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela en relación con los artículos 479 ordinal 1º y 501 encabezamiento ambos del Código Orgánico Procesal Penal, debiendo Pernoctar en el Centro de Tratamiento Comunitario que designe la Unidad Técnica correspondiente, quedando obligado a cumplir las condiciones establecidas en la parte motiva de la presente decisión, con la advertencia que el incumplimiento de alguna de las condiciones mencionadas, dará lugar a la revocatoria de la Medida otorgada.