En virtud de lo antes narrado, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ORDENA la APERTURA AL JUICIO ORAL Y PUBLICO, en la Causa seguida al ciudadano LUIS ENRIQUE PAREDES GARCIA, quien dijo ser de Nacionalidad venezolana, Natural de caracas, nacido en fecha 28-05-1977, de 34 años de edad, de estado civil viudo, profesión u oficio comerciante, hijo de AIDA GARCÍA (v) y de RAFAEL PAREDES (v), portador de la cedula de Identidad N° 13.114.095, residenciado en: La Urbanización Leoncio Martínez, Avenida Principal Palo Verde, Bloque 8, Apartamento 4, Caracas, teléfono 0426-215.75.81 y 0212-911.78.06, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 330 del Código Orgánico Procesal Penal, por el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal, con las circunstancias agravantes conforme al .....