DISPOSITIVA.-
En base a los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA redimida la pena al ciudadano ANDRI JAVIER PALACIOS PARRA, quien dijo ser de Nacionalidad Venezolana, lugar de nacimiento Barquisimeto Estado Lara, nacido en fecha 29/04/1986, de 27 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Estudiante de Tecnología en construcción civil, hijo de Francisco Aguiar (v) y de Ana Rosa Parra (v), titular de la cédula de identidad Nº V-18.654.984, residenciado en El Cují, vía Duaca, sector los naranjillos, calle tinjacá con Negra Matea, casa Nº 4343, de color rosado, frente al Prescolar El Cují, Barquisimeto, Estado Lara, por el tiempo de DIEZ (10) MESES, DOS (02) DÍAS, CON DOCE (12) HORAS, de conformidad con lo establecido en los artículos 471 y 497, ambos del Có.....