Decreta en contra del ciudadano: JHOAN ENRIQUE CORTESÍA TOLEDO, quien dijo ser de Nacionalidad Venezolana, Natural de la Guaira, nacido en fecha 27-09-1968, de 34 años de edad, estado civil Casado hijo (a) de Omaira Toledo de Cortesía (v) y de Pedro José Cortesía (v) Titular de la cédula de identidad 9.996.242 y residenciado Urbanización Páez, Bloque 3, piso 8, Apartamento 82-D, Catia La Mar Estado Vargas, la medida Cautelar prevista en el articulo 256 en su ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en la presentación por ante este despacho cada quince días, por la presunta comisión del delito de LESIONES CULPOSAS, previsto y sancionado en el articulo 422 en su ordinal 2º, en relación con el articulo 415 ambos del Código Penal, acordando en consecuencia librar oficio anexo a Boleta de Excarcelación; Y SEGUNDO: DECRETA LA APLICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO ORDINARIO, de conformidad con lo establecido en el articulo 280 y siguientes del Código Orgánico Procesal Penal, acorda.....