PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN PRESENTADA POR LA FISCALÍA OCTAVO DEL MINISTERIO PUBLICO en contra del ciudadano ALEXANDER ROSALES, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, natural de San Antonio del Táchira, Municipio Bolívar del Estado Táchira, nacido en fecha 13 de julio de 1.988, de 24 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.817.786, soltero, hijo de Alcides Pérez (v) y de Carlina Rosales (v), de profesión u oficio estudiante, , residenciado en Calle 5, con carrera 4 N° 02-120, Barrio La Morada, Ureña, Municipio Pedro María Ureña del Estado Táchira, telefono 0426-2700511 en la presunta comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA, previsto y sancionado en el artículo 39 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana Angélica Mildred Sánchez Vera, de conformidad a lo establecido en el numeral 2 del artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal, por las razones expuestas en la parte motiv.....