Este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas, del Circuito Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la presente solicitud de ACLARATORIA de TÍTULO SUPLETORIO, presentada por el ciudadana ESTHER TAJES DE BENITEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. V-4.163.673, debidamente asistida por la abogada LLUVIA TRINIDAD RODRIGUEZ TORRES, e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 92.990. Así se decide.-