DECLARA CON LUGAR EL DIVORCIO POR RUPTURA PROLONGADA DE LA VIDA EN COMÚN de los ciudadanos NÉSTOR RODOLFO GARCÍA RINCÓN y SILVINA DUARTE, el primero antes de nacionalidad Colombiana, con cédula de Ciudadanía No. 13.462.133, actualmente nacionalizado venezolano, según Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 5.703, Extraordinaria, de fecha 05/05/2004, titular de la cédula de identidad No. V-22.632.357, y la segunda colombiana, mayor de edad, con cédula de ciudadanía No. 28.056.953 y con Certificado de Regularización y/o solicitud de Naturalización No. 117.991, en consecuencia queda disuelto el vinculo matrimonial celebrado entre ellos, el día 27 de abril de 1.985, por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Táriba del Distrito Cárdenas del Estado Táchira, hoy Municipio Cárdenas del Estado Táchira, según consta en acta de matrimonio Nº 106.