Con vista de tales circunstancias, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado La Guaira, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le CONCEDE FUERZA EJECUTORIA en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela a la sentencia de fecha veintitrés (23) de enero de 2006, que disolvió el vínculo matrimonial que unía a los ciudadanos MARIA NELLY BARRETO DE SIERRA y PEDRO IGNACIO SIERRA, titulares de las cédulas de identidad Números E- 83.280.009 y E- 17.300.705, respectivamente, dictada por el Juzgado Primero de Familia Villavicencio-Meta, en la República de Colombia, por la causal de Mutuo acuerdo.
No hay condenatoria en costas por la naturaleza del presente fallo.