CON LUGAR la solicitud de Revisión de la Medida Privativa dictada el 03-12-2003, interpuesta por la defensa Dr. RAFAEL DE JESUS PACHECO, del imputado KABA DIAKA BRAMA, portador del pasaporte de la República de Francia N° 96T247030, natural de Francia, Guinea, nacido en fecha 13-09-58, de 46 años de edad, casado, de profesión ingeniero, hijo de KABU BARKA (F) y MARIE ANGRIES (f). y en consecuencia ACUERDA Medida Cautelar Sustitutiva de conformidad con los numerales 3, 4 y 8 del artículo 256, 258, 10 y 264 del Código Orgánico Procesal Penal y artículos 19, 43 y 55 Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Oficiese a la Oficina de Migración y Frontera (ONIDEX) y Consultoría Jurídica del Instituto Autónomo del Aeropuerto Internacional de Maiquetía.