éste Tribunal declare TÍTULO SUPLETORIO a favor de la ciudadana: ODESA PEREZ OCHOA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de Identidad Nro. V-648.588, sobre las mejoras efectuada en las bienhechurías de su propiedad, ubicadas en al final de la Avenida La Atlántida, Casa N° 1, denominada Mi Querida Vieja, Parroquia Catia la Mar del estado Vargas, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo derechos de terceros.