DECRETA: medidas cautelares sustitutivas a la privación de Libertad a los Ciudadanos adolescentes IDENTIDAD OMITIDA, venezolano, de 17 años de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° , y , Venezolano, de 16 años de edad, Titular de la Cedula Identidad N° V- , a quienes se les Imputa la presunta comisión del delito de ROBO GENERICO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código penal, de conformidad a lo establecido en los literales B, C, D y F, del artículo 582 de Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente . SEGUNDO: ordena seguir la presente causa por la Vía del procedimiento Ordinario de conformidad con lo establecido en el articulo 373 del Código Orgánico Procesal Penal por remisión del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.