Se declara:PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial de la parte demandada contra la decisión dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, de fecha 02 de febrero de 2011; SEGUNDO: CON LUGAR la demanda de Reivindicación, interpuesta por los ciudadanos Catalina Coromoto Reyes Beltrán, Ana Hortencia Rangel González, Carmen Cecilia Rangel de Alonso y Carlos Oswaldo Reyes Beltrán, contra la ciudadana Florinda Adelaida Fernández Santana, todos plenamente identificados en el cuerpo del presente fallo; TERCERO: Se confirma el fallo apelado. CUARTO: Se condena en costas a la parte demandada, por resultar totalmente vencida conforme lo establece el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.