III
DECISIÓN
En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO:HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO, del Procedimiento instaurado por el ciudadana MARIA LUISA BRITO DE GAZZANEO, titular de la cédula de identidad Nº 6.493.117, debidamente asistido por los profesionales del derecho JOSE RAMON SOLORZANO PERDOMO, MARIA TERESA BRITO CARRICATI y DOMINGO BRITO CARRICATI, inscritos en el I.P.S.A. bajo los Nº 39.055, 76.065 y 244.944 en contra de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA POR ORGANO DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA PROTECCION DEL PROCESO SOCIAL DEL TRABAJO, INSPECTORÍA DEL TRABAJO EN EL ESTADO VARGAS.
SEGUNDO: NOTIFICAR de la presente decisión a la PROCURADURIA GENERAL DE LA RPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, A LA INSPECTORIA DEL TRABAJO .....