Decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida en contra de los ciudadanos JAVIER RAFAEL ACOSTA, venezolano, soltero, titular de la Cédula de Identidad N°. 9.995.277 y DELPHINO VIEIRA CASSIANO, venezolano, soltero, titular de la Cédula de Identidad N°. 12.383.459, por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES CULPOSAS LEVES, previsto y sancionado en el artículo 418 y 422 del Código Penal en concordancia con el artículo 216 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en perjuicio de la adolescente RAQUEL AMAYA, de conformidad con el artículo 318, ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal.