SE DICTA SENTENCIA Y SE DECLARA: La perención de la Instancia y en consecuencia extinguido el proceso que por COBRO DE BOLÍVARES sigue la firma mercantil GRUPO INMOBILIARIA UNIVERSAL V C. A., inscrita en el Registro Mercantil IV de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 05/10/2001, bajo el N° 08, Tomo 79-A-Cto., representada por el Dr. JESUS CASTELLANO MEDINA, abogado en ejercicio de este domicilio e Inpreabogado N° 42.051, contra el ciudadano NATALIO JOSE GEDEON GALLO, mayor de edad, venezolano, de este domicilio y portador de la cédula de identidad N° V-10.334.140.
Publíquese, regístrese y en su oportunidad legal, remítase el expediente al Archivo Judicial.
Cúmplase con lo ordenado en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, mediante copia certificada del presente fallo para su archivo, en el copiador de sentencias de este Tribunal