ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos MARISOL DEL VALLE OROPEZA PÉREZ, ANA DEL CARMEN PEREZ ESCALONA, MILAGROS DEL CARMEN OROPEZA PEREZ, JUAN RAMON OROPEZA PÉREZ, ORLANDO JOSE OROPEZA PEREZ, THAIS COROMOTO OROPEZA PEREZ y DARWIM JOSE OROPEZA PEREZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-11.636.289, V-2.600.467, V-8.178.829, V-6.495.814, V-9.993.183, V-11.056.703 y V-12.461.871, respectivamente, respecto al De-cujus JUAN BAUTISTA OROPEZA, ex titular de la cédula de identidad N° V-2.565.512, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del código de procedimiento civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Expídanse las copias que solicite la parte interesada.-