Se DECRETA la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad del ciudadano EDDY RAFAEL GARCÍA, de nacionalidad venezolana, natural de Caracas, nacido en fecha 22/02/1989, de 20 años de edad, de profesión obrero, hijo de Saray García (V) y de Rafael Berruela (F), titular de la Cédula de Identidad Nº V-20.132.551, residenciado en el sector de Los Cocos, cerca del Hotel Sheraton, Caraballeda, Estado Vargas, por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1 del Código Penal, con la agravante genérica del artículo 217 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en razón de estar llenos los extremos a que contraen los artículos 250 y 251 numerales 2 y 3 en relación a su parágrafo primero todos del Código Orgánico Procesal Penal.