DECISIÓN
Por los razonamientos de hecho y de derecho precedentemente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de revisión de sentencia definitivamente firme interpuesto por la Abogada Mayela Ramírez de Briceño actuando en carácter de Defensora Publica de la acusada de autos.
SEGUNDO: MODIFICA la decisión publicada en fecha 11 de Enero del 2011, por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Táchira, mediante la cual entre otros pronunciamientos, condenó a la penada de autos, a cumplir la pena de doce (12) años de prisión, por la comisión del delito de Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el encabezamiento del articulo 149 en relación con el articulo 163 numeral 7° de la Ley Orgánica de Drogas, en pe.....