decreta la LIBERTAD SIN RESTRICCIONES de los ciudadanos CARLOS EDUARDO RUIZ ARROYO, titular de la cédula de identidad N° 15.377.075, y MELVIS ENRIQUE MORA CASTILLO, titular de la cédula de identidad No. 13.673.187, por no estar llenos los extremos del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, regístrese, déjese copia de la presente sentencia interlocutoria.