Por las razones que anteceden, esta JUEZ UNIPERSONAL Nº 1 DE LA SALA DE JUICIO DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y conforme a lo establecido en los artículo 05, 08, 30, 365, 369 y 379 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, declara: CON LUGAR la solicitud de AUMENTO DE LA OBLIGACIÓN ALIMENTARÍA hecha por la ciudadana DARKYS ALEXANDRA MOLINA DE RODRIGUEZ en beneficio de las niñas SKARLET ALEXANDRA Y KARLEY ALEJANDRA RODRIGUEZ MOLINA en contra del ciudadano JUAN CARLOS RODRIGUEZ MENDOZA. En consecuencia se aumenta la Obligación Alimentaría en la suma de DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 200.000,oo) mensuales, la cual deberá ser entregada a la madre de las niñas dentro de los primeros cinco(5) días de cada mes. En cuanto a las cuotas extraordinarias de los meses de Agos.....