DISPOSITIVA:
Sobre la base de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia en función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, Administrando Justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley y de conformidad con lo establecido en los artículos 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 264 del Código Orgánico Procesal Penal, declara CON LUGAR la solicitud de revisión realizada por la defensa, y en consecuencia acuerda para el imputado ORLANDO JOSE ORTIZ, la aplicación de la medida cautelar prevista en el ordinal 3° y 4º del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, es decir, deberá presentarse cada ocho (08) días por ante la Oficina del Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal y no podrá ausentarse de la Jurisdicción de este Tribunal. Regístrese, librase las correspondientes boletas y déjese copia.
LA JUEZ PRIMERO DE JUICIO
Dra. ROSALBA MUÑOZ FIALLO
EL SECRETARIO
Ab. ALEJANDRO M.....