DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto, esta CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LA GUAIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite el siguiente pronunciamiento: ÚNICO SE DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto  por la profesional del derecho ADA GARCIA en su carácter de Defensora Privada, del ciudadano JESUS ENRIQUE RAMIREZ GRATEROL, titular de la cedula de identidad N V- 13.571.639,  en contra de la decisión dictada en fecha 30 de Marzo de 2025, publicado auto fundando en fecha 02 de abril de 2025, por el Juzgado Cuarto (4°) de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decreto Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, en contra de su asistido, de conformidad con lo establecido en los artículos 236, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de su asistido, de conformidad con lo establecido en el artículo 439 numerales 4 y 5  del Código .....