En razón de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Cuarto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, en nombre de la República y por autoridad de la ley hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se CONDENA al acusado RONNY JESUS LIENDO KELIS, quien dijo ser de Nacionalidad Venezolana, nacido en fecha 20-05-1991, de 20 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Obrero, hijo de Jaime Liendo (v) y de Minerva Kelis (v), residenciado en Mamo, Callejón Santander, casa Nº 22 cerca de la Bodega de la Sra. Maruja, Catia la Mar Estado Vargas teléfono 0424-138.75.27, titular de la cédula de identidad N° V-22.283.025, a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES O INNOBLES, previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal 1º del Código Penal, cometido en las circunstancias de modo, tiempo y lugar que quedaron establecidas en los autos. Y ASI SE DECIDE.
SEGU.....