PRIMERO: DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la presente demanda de OBLIGACIÓN ALIMENTARÍA, formulada por la ciudadana MENDOZA DE ZAMBRANO LUZ MARINA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 17.932.457, en contra del ciudadano JOSE DEL CARMEN ZAMBRANO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-1.533.341, en beneficio del adolescente DIOS PHER JESUS, identificado con Partida de Nacimiento N° 1899, de fecha 23 de Agosto de 1993, expedida por la Prefectura de la Parroquia San Juan Bautista, Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, y titular de la cedula de identidad Nº V.- 20.628.726, de conformidad con lo señalado en el artículo 76 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 366, 369 y 511 y 521 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
SEGUNDO: El ciudadano JOSE DEL CARMEN ZAMBRANO, anteriormente identificado, deberá cancelar por concepto de OBLIGACIÓN ALIMENTARÍA,.....