Por las consideraciones antes expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO DE TRANSICION DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:
PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto en fecha 18 de noviembre de 2002, por la abogada Yunmy Coromoto Sánchez Mantilla, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 53.221, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, contra el auto proferido por el Juzgado de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
TERCERO: SE CONDENA en costas del recurso a la parte actora, por haber resultado perdidosa.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. Bájese el expediente en la oportunidad de ley.
Dada, sella.....