De conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, se especifican las fechas a partir de cuando OSWALDO ENRIQUE CEBALLO ESTANGA podrá optar a las fórmulas alternativas de cumplimiento de pena una vez cumplida la mitad de la pena impuesta que será a partir del 05-06-2004.
a.- DESTACAMENTO DE TRABAJO: Al cumplir 1/4 parte de la pena, que es igual a UN (01) AÑOS Y TRES (03) MESES, la cual se cumple el 05-03-2003 pero podrá solicitarlo a partir del 05-06-2004.
b.- REGIMEN ABIERTO: Al cumplir 1/3 parte de la pena, que es igual a UN (01) AÑOS Y OCHO (08) MESES, que cumplirá el 05-08-2003, pero podrá solicitarlo a partir del 05-06-2004.
c.- LIBERTAD CONDICIONAL: Al cumplir las 2/3 partes de la pena, que es igual a TRES (03) AÑOS Y CUATRO (04) MESES, la cual se cumple el 05-05-2005.
d.- CONFINAMIENTO: Al cumplir las 3/4 partes de la pena, que es igual a TRES (03) AÑOS Y NUEVE (09) MESES, la cual cumplirá el día 05-09-2005.
CUARTO: Igual.....