este TRIBUNAL SEGUNDO DEL MUNICIPIO BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: la CONFESIÓN FICTA de la parte demandada en la presente causa.
SEGUNDO: En consecuencia se declara legalmente reconocido el documento firmado en fecha 8 de mayo de 2.014, por la ciudadana AURORA VILLASMIL SÁNCHEZ, Colombiana, mayor edad, titular de la Cedula de Identidad E-84.285.159, con domicilio en el Barrio Bolivariano, N° 2-82, El Palotal, Parte Alta, Municipio Bolívar del Estado Táchira y civilmente hábil, sobre la venta del inmueble ubicado en el Barrio Bolivariano, N° 2-82, El Palotal, Parte Alta, Municipio Bolívar del Estado Táchira, consistente en unas mejoras de dos (02) habitaciones, una (01) sala comedor, dos (02) baños, construida en bloque, piso de cemento, techo de zinc, ventanas y puertas metálicas, instalaciones de agua potable, luz eléctrica y cloac.....