DISPOSITIVO
Por las razones precedentemente expuestas, al haberse configurado la CONFESION FICTA en la presente causa, este Tribunal Tercero Civil de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: NULO el contrato de venta con pacto de retracto suscrito entre la ciudadana CARMEN ROSA CONTRERAS RUIZ, venezolana, titular de la Cédula de identidad No 4.699.348 y la parte demandada conformada por el ciudadano RIGOBERTO DE JESUS TORRES, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 5.729.712 y la sociedad mercantil " INVERSIONES TORRES R. C.A., inscrita ante al Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial de estado Táchira el 2 de mayo de 1995, bajo el N° 20, Tomo 14-A, representada por su Presidente el ciudadano Rigoberto de Jesús Torres, ya identificado, cuyo objeto fue un bien inmueble constituido por una parcela de t.....