PRIMERO: Califica de flagrante la aprehensión del ciudadano JUAN CARLOS ANTOLINEZ DURAN, quien dice ser de nacionalidad Venezolano, natural de San Cristóbal, Estado Táchira; nacido en fecha 21-06-1967, de 37 años de edad, titular de la cédula de identidad NºV.- 11. 022.893, de profesión u oficio zapatero, de estado civil soltero, hijo de Ana Mercedes Duran y Oscar Antolinez, de religión católica, grado de instrucción: Tercer grado de primaria, residenciado en la carrera 12, con calle 13, N° 12-48, barrio Ruiz Pineda, San Antonio Estado Táchira; por encontrarlo incurso en la comisión del delito de TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del Estado Venezolano.
SEGUNDO: Ordena la prosecución de la causa por el Procedimiento Ordinario de conformidad a lo previsto y sancionado en el artículo 373 del Códig.....