Este Juzgado Superior en lo Civil, declara INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano JOHN MORRISON NEVADO, en representación de la sociedad mercantil "MARINA LA JOLLA, C.A.", contra el auto dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, en fecha 9 de junio del presente año, en el proceso de amparo constitucional incoado por dicha sociedad mercantil en contra de la Junta de Condominio del Edificio "LA JOLLA" , se condena en costas a la parte recurrente.