Este Tribunal declara UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA a la ciudadana OLGA FIGUEIREDO DE SOUSA, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N°.V- V-6.969.289, respecto a los De-Cujus BENITO SOUSA SOUSA y SIRA SOUSA DE GONZALEZ, ex titulares de las cedulas de identidad Nros. V-6.969.288 y V-6.549.129 respectivamente, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del código de procedimiento civil, dejando a salvo los derechos de terceros.