"...De las pruebas presentadas, las cuales han sido previamente valoradas se crea plena convicción en quien juzga de lo peticionado por la solicitante, en consecuencia de ello, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Panamericano, Samuel Darío Maldonado y Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara las actuaciones y documentación cursante en el expediente suficientes para declarar:
Como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la causante INES MIRANDA DE MENESES, quien era venezolana, titular de la cedula de identidad N° V-9.351.221, a su esposo e hijos los ciudadanos: JORGE MENESES CONTRERAS, venezolano, casado, titular de la cedula de identidad N° V- 22.662.384, (esposo de la causante), DEIGLIS DAMARYS DURAN MIRANDA, DERNIS DETSAIDE DURAN MIRANDA, DAYLET DAMARIS DURAN MIRANDA, JHON ALBERT DURAN MIRANDA, JORGE STWUAR MENESES.....