POR LOS RAZONAMIENTOS ANTES EXPUESTOS ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL NÚMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL EXTENSIÓN SAN ANTONIO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY PRIMERO: decreta el SOBRESEIMIENTO de la presente causa JOSE DAVID VIVAS DIAZ y MAZDAD LOZANO CARLOS MARTIN, en perjuicio de: ESTADO VENEZOLANO, por el delito de LEGITIMACION DE CAPITALES, previsto y sancionado en el artículo 4 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Orgnizada de conformidad con lo establecido en el Artículo 318 Numeral 2º del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Decreta el CESE INMEDIATO de la Medida de Coerción Personal dictada contra los ciudadanos JOSE DAVID VIVAS DIAZ y MAZDAD LOZANO CARLOS MARTIN, en perjuicio de: ESTADO VENEZOLANO, por el delito de LEGITIMACION DE CAPITALES, previsto y sancionado en el artículo 4 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada, en fecha 19-07-2006, y se ord.....