DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto este Tribunal de Justicia de Género, de Control, Audiencias y Medidas Nº 2, del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA: PRIMERO: Califica la aprehensión en situación de flagrancia por encontrarse llenos los extremos del artículo 93 de la Ley Orgánica especial del ciudadano JAIRO JOSE LOPEZ SALCEDO, indocumentado, de nacionalidad colombiana, natural de Medellín, Republica de Colombia, de 39 años de edad, con cédula Nº E.- 88.229.763, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA SEXUAL previsto y sancionado en el tercer pararte del artículo 43 de la Ley Orgánica Especial; SEGUNDO: Se acuerda continuar el asunto por el procedimiento especial ordinario conforme al artículo 94 de la Ley Especial; TERCERO: Se decreta la medida de privación judicial preventiva de libertad contra el ciudadano JAIRO JOSE LOPEZ SALCEDO, indocumenta.....