DISPOSITIVA.-
En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA LA ACUMULACIÓN DE LAS CAUSAS Y LAS PENAS, impuestas al ciudadano JONNNYS JESUS RIVAS RIVAS, de nacionalidad Venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-24.918.764, nacido en fecha 25-08-1989, domiciliado en El Tigrillo, La Torre, cerca de la bodega de la señora Miriam Naiguatá estado Vargas, de la causa Nº WP01-P-2013-002388, a la Nº WP01-P-2011-001626, determinándose que el penado arriba citado deberá cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS, DOS (02) MESES Y VEINTE (20) DÍAS DE PRISIÓN, por la comisión de los delitos de ROBO GENERICO, previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal Y ROBO AGRAVADO FRUSTRADO, previsto y sancionado en el artículo 458 en relación con el articulo.....