DISPOSITIVO
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control Número Ocho del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, resuelve:
PRIMERO: Declara la extinción de la acción penal de la causa seguida a SAMUEL ZAMBRANO GARCÍA, quien es de nacionalidad venezolana, nacido en fecha 25-04-1984, de 28 años de edad, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-17.1408.609 y residenciado en la Urbanización el Paraiso, Calle 3, casa N° 158, vía Capacho,Estado Táchira, teléfono 0416-7790953; por la comisión del delito de ROBO ARREBATON, previsto y sancionado en el último aparte de artículo 458 del Código Penal; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se decreta el sobreseimiento de la causa a SAMUEL ZAMBRANO GARCÍA, quien es de nacionalidad venezolana, nacido en fecha .....