DISPOSITIVA.
En base a las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: No se ADMITE la acusación formulada por la Fiscalía de Transición del Ministerio Público, por cuanto la misma no reúne los requisitos exigidos en el artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia PRIMERO: Se DECRETA SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida al ciudadano RAFAEL NAZARETH AROCHA JIMENEZ, de conformidad con el artículo 318 numeral 1° del Código Orgánico Procesal Penal y como consecuencia del anterior pronunciamiento, el cese de las Medidas Cautelares Sustitutivas de Libertad decretadas en contra del referido ciudadano por este tribunal, por la comisión de los delitos de VIOLENCIA PSICOLOGICA y VIOLENCIA FISICA,.....