Visto el contenido de la diligencia de fecha 02-02-2005, suscrita por la parte demandada, ciudadano JOSÉ GREGORIO JÁCOME RONDÓN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.642.113, asistido por la abogada ANGÉLICA MENDOZA, inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 79.753, por una parte, y por la otra el ciudadano CARLOS JULIO GUERRERO PÉREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.217.2577, parte demandante, asistido por la abogada ISLEY GÁLVIZ, inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 78.763, donde deciden poner fin al presente juicio mediante TRANSACCIÓN; por cuanto se observa que dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN y ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad .....