SE DICTA SENTENCIA Y SE DECLARA UNIVERSALES HEREDEROS, a los ciudadanos BELKIS MIGDALIA CORREA PADRON y PEDRO LUIS CORREA PADRON, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros., 8.175.935 y 6.473.552, respectivamente, respecto al De-cujus FLORENCIO ANTONIO CORREA PEREZ, quien falleció ab-intestato en fecha 03 de julio de 2007, y quien en vida fuera venezolano y titular de la cédula de Identidad Nº 1.449.272, dejando a salvo el derecho de terceros. Devuélvanse los originales a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo de este Juzgado.