DISPOSITIVA
En razón de las consideraciones que preceden, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, CONDENA al ciudadano MARCANO PARRA ROBERTO ANTONIO, de Nacionalidad Venezolano, Natural de la Guaira, estado Vargas, nacido en fecha 16-08-1990, de 18 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Obrero, hijo de RUBEN MARCANO (v) y MILDRED PARRA (v), residenciado en: Camiri, playa pantaleta, Vía principal, sector las casitas y titular de la Cédula de Identidad N° 20.780.502, a cumplir la pena de CUATRO (4) AÑOS Y TRES (3) MESES DE PRISIÓN, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal y USO DE ADOLESCENTE PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 264 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, d.....